SAAL Santiago Alarcón https://propark.mx/ Tue, 10 Oct 2023 21:01:43 +0000 es hourly 1 https://wordpress.org/?v=7.0 https://propark.mx/wp-content/uploads/2023/08/fav_saal-150x150.png SAAL Santiago Alarcón https://propark.mx/ 32 32 Régimen fiscal de plataformas tecnológicas para 2021 https://propark.mx/regimen-fiscal-de-plataformas-tecnologicas-para-2021/ Mon, 28 Aug 2023 02:49:30 +0000 https://propark.mx/?p=454 En junio de 2020 se adicionó un nuevo régimen con el que deberás pagar tus impuestos, dicho régimen se denomina: “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares” para efectos del ISR, mientras que para el IVA “De los […]

The post Régimen fiscal de plataformas tecnológicas para 2021 appeared first on SAAL Santiago Alarcón.

]]>
En junio de 2020 se adicionó un nuevo régimen con el que deberás pagar tus impuestos, dicho régimen se denomina: “De los ingresos por la enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares” para efectos del ISR, mientras que para el IVA “De los servicios digitales de intermediación entre terceros”.


Por lo anterior, si prestas servicios como el transporte de pasajeros o de entrega de bienes, de hospedaje, o si enajenas bienes a través de plataformas digitales, y no estás inscrito en el RFC o estás en otro régimen es importante que presentes el aviso actividades económicas y obligaciones para pagar tus impuestos de forma correcta.

Fundamento: Artículos 113-A al 113-D de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Artículos 18-J al 18-M de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

¿Tienes duda si perteneces a este régimen?

Bueno, comenzaremos por explicarte a que se le considera «plataformas tecnológicas»:

Las plataformas tecnológicas son todos aquellos sitios de internet, o aplicaciones que almacenan información de una empresa y a través de la cual los usuarios pueden acceder a cuentas personales y detalles sobre la empresa.

Las plataformas digitales son ejecutadas por programas o aplicaciones cuyo contenido es ejecutable en determinados sistemas operativos, ya sean contenidos visuales, de texto, audios, videos, simulaciones, etc. Por ejemplo, cuando utilizas tu usuario y clave para ingresar al banco estás haciendo uso de la plataforma digital del banco, en la cual está almacenada tu información personal y que está codificada para que sólo tú puedas entrar.


Existen muchos tipos de plataformas tecnológicas, a continuación te ponemos lo principales:

  • Plataformas digitales educativas: Son aquellas cuyo objetivo principal es proporcionar información útil de investigación y herramientas de estudio y análisis. Muchas simulan el ambiente escolar o universitario a fin de proporcionar educación a distancia. Ejemplos: e-College, Blackboard, Moodle.
  • Plataformas sociales: La conocemos mejor como redes sociales, y son aquellas que facilitan la comunicación entre las personas, sin importar la distancia que las separe. Ejemplos: Facebook, Twitter, Instagram, Whatsapp.
  • Plataformas audiovisuales: Su contenido se centra en videos y audios de diferentes categorías. Ejemplos: Youtube, Vimeo.
  • Plataformas de comercio electrónico: Mejor conocidas como e-commerce, con tiendas virtuales para compra y venta de artículos. Ejemplos: Mercado Libre, Amazon, eBay.
  • Plataformas bursátiles: Los llamados brokers, que son intermediarios entre los inversionistas y la bolsa de valores, son plataformas utilizadas para negociar en los mercados bursátiles del mundo. Ejemplos: XTB, Plus500, ICMarkets, eToro, XM.
  • Plataformas de imágenes: En estas plataformas el contenido se basa en colecciones de imágenes, con y sin copyrigth. Ejemplos: Pinterest, Pixabay, Pexles.
  • Plataformas bancarias: Todos los bancos cuentan con plataformas que contienen información de sus productos y servicios, canales de atención e ingreso a cuentas personales de sus clientes. Ejemplos, Banorte, BBVA, Santander, HSBC.
  • Plataformas especializadas: Son plataformas que satisfacen una necesidad particular de un sector de la población, por ejemplo, las que sirven para administrar contenido web, de marketing digital, traducción de idiomas, etc. Ejemplos: Hostgator, Panda Creativos, Go Daddy, Traductor Google.
  • Plataformas de pago: Funcionan como administradores económicos a través de los cuales se puede enviar y recibir dinero. Ejemplo: Payoneer, Payza, PayPal, Skill, Neteller.
  • Plataformas de noticias: Son páginas especializadas en ofrecer noticias de actualidad, como los diarios impresos. Ejemplo: El Especulador, El Tiempo, El Heraldo, La República.
  • Plataformas de juegos: Son plataformas para jugadores online que pueden jugar  en multiplataforma con otros jugadores. Ejemplos: RuneScape, World of Warkraft, Star Trek Online, EVE Online.
  • Plataformas de localización: Son plataformas que te ayudan a obtener direcciones de cualquier parte del mundo. Ejemplos: Google Eart, Google Maps.

¿Cual sera la retención de impuestos aplicada para este régimen fiscal?

Se utilizará una tasa específica para cada tipo de ingreso, quedando de la siguiente forma para efectos del ISR:

1. Prestación de servicios de transporte terrestre de pasajeros y de entrega de bienes la retención se hará por el 2.1%.

2. Prestación de servicios de hospedaje la retención se hará por el 4%.

3. Enajenación de bienes y prestación de servicios la retención se hará por el 1 %.

Para efectos del IVA es más sencillo, pues la plataforma digital realizará una retención del 8% , lo cual representa el 50% de la tasa real de dicho impuesto la cual es del 16% .

The post Régimen fiscal de plataformas tecnológicas para 2021 appeared first on SAAL Santiago Alarcón.

]]>
454
Contabilidad electrónica https://propark.mx/contabilidad-electronica/ Mon, 28 Aug 2023 02:40:15 +0000 https://propark.mx/?p=450 La contabilidad electrónica es el envío de archivos en formato xml de las transacciones registradas en medios electrónicos que realiza una empresa o una persona y envía a través del Buzón Tributario. Ahora, la información contable se convierte en archivos con formato electrónico xml que se depositan en el Buzón Tributario del SAT. Esta facilidad […]

The post Contabilidad electrónica appeared first on SAAL Santiago Alarcón.

]]>
La contabilidad electrónica es el envío de archivos en formato xml de las transacciones registradas en medios electrónicos que realiza una empresa o una persona y envía a través del Buzón Tributario. Ahora, la información contable se convierte en archivos con formato electrónico xml que se depositan en el Buzón Tributario del SAT. Esta facilidad permite a los contribuyentes llevar puntualmente su contabilidad de manera sencilla, a través de las nuevas tecnologías. La contabilidad electrónica consiste en:

  • La preparación del Catálogo de cuentas.
  • La entrega mensual de la Balanza de comprobación.
  • En caso de requerirse, la entrega de información de pólizas y auxiliares.

¡Esto suena muy fácil! Pero mejor repasemos punto por punto…

El buzón tributario se trata del medio de comunicación entre el contribuyente y la secretaría, por medio de éste le harás llegar el catálogo de cuentas y balanza de comprobación.

El Catalogo de Cuentas es un instrumento básico en la contabilidad porque te apoya en reconocer las cuentas de todos los ingresos y egresos de tu contabilidad; se envía una sola vez cuando se inicia la situación fiscal.

Actualmente conforme al Impuesto Sobre la Renta (ISR) en los anexos de las reglas del SAT, se consideran 75 cuentas y varias subcuentas. Visita esta calculadora de ISR para conocer el pago.

Si el contribuyente o empresa actualmente lleva un catálogo con un mayor número de cuentas sólo estará obligado a incluir las que precisan las reglas.

En cambio si no lleva alguna de las cuentas que precisa el catálogo, tales como:

  • Terrenos (CA19)
  • Equipo de transporte (CA22)
  • Cuotas y Suscripciones (CA65.18)
  • Donativos (65.21)

También algunas subcuentas, como:

Entonces no utilizará el CA respectivo en el catálogo de cuentas que envíe a través de su buzón, así es que únicamente cuando el contribuyente modifique su catálogo de cuentas para incorporar o eliminar cuentas o subcuentas, deberá enviar nuevamente al SAT el catálogo con las modificaciones relativas.

La balanza de comprobación es un archivo que debe realizarse mensualmente, incluyendo los saldos iniciales, los movimientos del periodo y los saldos finales de todas las cuentas que contenga tu catálogo. Los contribuyentes deben estar enviando mensualmente la balanza del mes anterior, para hacerlo de forma más eficiente puedes utilizar herramientas digitales para la contabilidad de su empresa.

Estas sólo se enviarán vía Buzón Tributario a requerimiento expreso del SAT, pero sólo cuando exista una auditoría contable para vigilar la situación fiscal del contribuyente y determinar una evasión o no.

Tratándose de todos los trámites relativos a devoluciones y compensaciones, el SAT podrá requerir de manera electrónica las pólizas de las operaciones que tengan relación con éstas, pero esto será obligatorio para aquellos trámites que se presenten a partir de 2015, por eso es muy importante que, aunque no están solicitadas para su envío en ciertas fechas deben estar ordenadas.

Los registros contables deben cumplir con los siguientes requisitos para ser válidos ante el SAT:

  • Ser analíticos y registrarse en el mes en que se realicen las operaciones o a más tardar dentro de los 5 días siguientes a la realización de la operación.
  • Integrarse en el Libro Diario, señalando Nombre de la Cuenta, Saldo Inicial, Cargos, Abonos y Saldo Final del periodo.
  • Se podrá llevar un Libro Diario y Mayor por establecimiento, pero en todos los casos deberán existir Libros Diario y Mayor generales donde se concentren todas las operaciones del contribuyente.
  • Permitir la identificación de cada operación, acto o actividad, relacionándolos con los folios digitales asignados a los CDFI o con la documentación comprobatoria, identificando la forma de pago, las distintas contribuciones, tasas o cuotas.

Además, que también debes considerar que a partir de 2015 la balanza de comprobación se entregará de acuerdo a lo siguiente:

Personas morales:

  • A más tardar el tercer día hábil del mes siguiente.
  • En caso del cierre del ejercicio, a más tardar en mayo del ejercicio siguiente.
  • A más tardar el quinto día del mes siguiente.
  • En caso de cierre de ejercicio, a más tardar en abril del ejercicio siguiente.
  • El RFC (Personas Morales 12 posiciones y Personas Físicas 13 posiciones)
  • Año (Lapso al que corresponde la información)
  • Mes (Periodo al que corresponde la información)
  • Identificador (CT= Catálogo de Cuentas, PL= Pólizas, BN=Balanza de comprobación normal, BC= Balanza de comprobación complementaria)
  • Conversión a XML (.xml)
  • Compresión (zip)

Por ultimo te enlistamos los Requisitos clave que deberán contener tus archivos de registro contable:

Evita generar multas o recargos, sin duda esta nueva modalidad hace más fácil la manera de registrar y controlar tus operaciones, solo basta con familiarizarte con los procedimientos y seguir cumpliendo con tus obligaciones fiscales.

The post Contabilidad electrónica appeared first on SAAL Santiago Alarcón.

]]>
450